2026-10-17 · Infobae / EFE
La Corte Constitucional obliga a llevar el acuerdo comercial Ecuador-EE.UU. a la Asamblea Nacional

El tribunal determinó este viernes que el pacto firmado con Washington en marzo debe pasar por el Parlamento antes de entrar en vigor. El acuerdo aliviaría aranceles sobre más de 2.700 millones de dólares en exportaciones ecuatorianas.
La Corte Constitucional de Ecuador anunció este viernes que el Acuerdo de Comercio Recíproco firmado con Estados Unidos en marzo de 2026 no puede entrar en vigencia sin antes obtener la aprobación de la Asamblea Nacional. El fallo se basa en que el tratado encaja en los numerales 3 y 6 del artículo 419 de la Constitución, que exigen aprobación legislativa para convenios que impliquen modificar leyes o establecer compromisos de comercio.
El acuerdo fue negociado entre mayo de 2025 y febrero de 2026 con el objetivo de eliminar la sobretasa del 10 % que el presidente Donald Trump aplicó a las importaciones desde Ecuador. Según el Ministerio de Producción, el alivio arancelario beneficiaría al 53 % de las exportaciones no petroleras del país, un volumen que en 2025 representó cerca de 2.786 millones de dólares.
Entre los sectores que más ganarían están los agroexportadores: banano, aguacate, piña, pitahaya, cacao, café, flores y palmito. También se verían beneficiados los exportadores de productos pesqueros y minerales estratégicos como oro y cobre, además de manufacturas industriales y productos forestales.
La Corte aclaró que esta resolución corresponde solo a la primera etapa del análisis. El tribunal continuará revisando si el contenido del acuerdo es compatible con la Constitución ecuatoriana, lo que podría extender el proceso varias semanas más.
Para Ecuador, el desenlace legislativo es clave: el Gobierno espera que el pacto entre en vigor en 2027, pero ahora necesita convencer a la Asamblea Nacional de respaldarlo, en un contexto político que no siempre ha sido favorable a los tratados de libre comercio.